¿Qué son el ICSOE y el SISUB?

Entre las nuevas reformas que se hicieron en temas de outsourcing como el registro obligatorio en el REPSE, del que ya hablamos aq, existen otras especificaciones que es necesario que cumplan todas las personas físicas o morales que se dediquen a la prestación de servicios especializados, como las declaraciones informativas presentadas en sistemas ICSOE y SISUB.

El ICSOE o la Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados, es una herramienta electrónica implementada y administrada por el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de la cual los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas reportarán la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada. Su objetivo principal es facilitar el cumplimiento de esta obligación periódica y puede hacerse en línea, así como las declaraciones complementarias si llegaran a ser requeridas. La declaración debe realizarse por cuatrimestre, es decir, tres veces al año, los primeros 17 días de los meses de enero, mayo y septiembre.

Los datos solicitados por las autoridades para llevar a cabo la declaración son:

  • Información general del contratista y contratante (nombre, denominación o razón social, Registro Federal de Contribuyentes, domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal, correo electrónico y teléfono de contacto)
  • Datos del contrato (objeto y periodo de vigencia), así como de los trabajadores (número de seguridad social, CURP y salario base de cotización)
  • Documentación para adjuntar (copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas)

 

Por su parte, el SISUB o Sistema de Información de Subcontratación es el medio electrónico que permite a los patrones cumplir con las obligaciones que tienen según lo establecido en el artículo 29 BIS de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Es importante señalar que se pueden presentar declaratorias con información cuando existen contratos de prestación de servicios u obras especializadas vigentes o sin información cuando no existan contratos vigentes. Para presentar lo anterior es necesario realizar un registro en El Portal Empresarial del Infonavit y, al igual que con el ICSOE, la declaración se realiza cuatrimestralmente, los primeros 17 días de enero, mayo y septiembre.

 

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Fuentes de consulta:

https://www.imss.gob.mx/icsoe#:~:text=Es%20la%20herramienta%20electr%C3%B3nica%20denominada,Instituto%20la%20informaci%C3%B3n%20de%20los

https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/portal/infonavit.web/patrones/conoce-pagos/sisub/

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